Antonio Guzmán Blanco, por los Federales, y Pedro José Rojas, por el Gobierno de Páez, ratificaron, el 22 de mayo de 1863, el Tratado definitivo del cese a la Guerra de los 5 años, mediante el llamado Convenio o Tratado de Coche.
Este había sido propuesto en el mes de abril, pero fue modificado el texto por el que se firmó este día, según el cual -ambas partes se comprometen a convocar una Asamblea de 80 miembros elegidos por partes iguales, en la que Páez entregará el mando de la república. Con este hecho significativo terminó la dictadura de Páez, y éste se dispone a salir del país en lo que sería su último exilio.
CONVENIO DE COCHE
"Pedro José Rojas, Secretario General del Jefe Supremo de la República y Antonio Guzmán Blanco, Secretario General del Presidente Provisorio de la Federación, con el objeto de realizar la pacificación del país, han celebrado el convenio siguiente:
1) Se convocará una Asamblea para el trigésimo día después de canjeada la ratificación de este convenio, o para antes, si fuere posible reunir el quórum correspondiente;
2) Esta Asamblea constará de ochenta miembros elegidos, la mitad por el Jefe Supremo de la República, y la otra mitad por el Presidente Provisorio de la Federación.
3) En el instante de reunirse la Asamblea, el Jefe Supremo entregará a ésta el mando de la República.
4) El primer acto de la Asamblea será el nombramiento del gobierno que ha de presidir la República mientras ésta se organiza.
5) Desde los días próximos a la reunión de la Asamblea, la ciudad de Valencia no tendrá más guarnición que una pequeña fuerza para cuidar del orden público, la mitad destinada por el Jefe Supremo, la otra mitad por el Presidente Provisorio de la Federación.
6) Cesan completamente las hostilidades, y no se puede ordenar ningún movimiento de tropas, ni reclutamiento, ni nada que indique preparativos de guerra.
7) Así el General Páez como el General Falcón emplearán sus respectivos ascendientes en calmar las pasiones agitadas por la guerra, y en que la situación que va a sobrevenir sea tan pacífica, libre y durable como lo necesita la patria para reponerse de sus quebrantos.
1) Se convocará una Asamblea para el trigésimo día después de canjeada la ratificación de este convenio, o para antes, si fuere posible reunir el quórum correspondiente;
2) Esta Asamblea constará de ochenta miembros elegidos, la mitad por el Jefe Supremo de la República, y la otra mitad por el Presidente Provisorio de la Federación.
3) En el instante de reunirse la Asamblea, el Jefe Supremo entregará a ésta el mando de la República.
4) El primer acto de la Asamblea será el nombramiento del gobierno que ha de presidir la República mientras ésta se organiza.
5) Desde los días próximos a la reunión de la Asamblea, la ciudad de Valencia no tendrá más guarnición que una pequeña fuerza para cuidar del orden público, la mitad destinada por el Jefe Supremo, la otra mitad por el Presidente Provisorio de la Federación.
6) Cesan completamente las hostilidades, y no se puede ordenar ningún movimiento de tropas, ni reclutamiento, ni nada que indique preparativos de guerra.
7) Así el General Páez como el General Falcón emplearán sus respectivos ascendientes en calmar las pasiones agitadas por la guerra, y en que la situación que va a sobrevenir sea tan pacífica, libre y durable como lo necesita la patria para reponerse de sus quebrantos.
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