Conozca cuáles son los requisitos para tramitar el permiso de viaje de menores

VIAJE CON NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES:
La Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente refiere en sus artículos 391, 392 y 393 los aspectos que rigen el viaje de menores dentro y fuera del país.
Artículo 391. Viajes Dentro del País. Los niños y adolescentes pueden viajar dentro del país acompañados por sus padres, representantes o responsables. En caso de viajar solos o con terceras personas requieren autorización de un representante legal, expedida por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente, por una jefatura civil o mediante documento autenticado.
Artículo 392. Viajes Fuera del País. Los niños y adolescentes pueden viajar fuera del país acompañados por ambos padres o por uno sólo de ellos, pero con autorización del otro expedida en documento autenticado, o cuando tienen un solo representante legal y viaje en compañía de éste.
En caso de viajar solos o con terceras personas, requieren autorización de quienes ejerzan su representación, expedida en documento autenticado o por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente.
Artículo 393. Intervención Judicial. En caso que la persona o personas a quienes corresponda otorgar el consentimiento para viajar se negare a darlo o hubiere desacuerdo para su otorgamiento, aquél de los padres que autorice el viaje, o el hijo, si es adolescente, puede acudir ante el juez y exponerle la situación, a fin de que éste decida lo que convenga a su interés superior.
Recaudos para trámite de permisos a menores
Cédula de Identidad (original y copia), de los padres o representante legal del menor.

Partida de Nacimiento o Cédula de Identidad (original y copia) del menor.

Cédula de Identidad (original y copia) de la persona autorizada a viajar con el menor, en caso de que viaje acompañado.

En el caso de viajar al exterior el permiso se tramita conjuntamente con el pasaporte.

Dos fotos del niño (a) y/o adolescente, tipo carnet.

Una fotocopia de un recibo (luz, teléfono, etc.) para constatar la dirección de habitación del menor.

Fotocopia de los pasajes, en caso de tenerlo, sino deberá especificar el modo de transporte a utilizar para el traslado.
En el Aeropuerto le será solicitada la siguiente documentación:
Si el menor viaja con los padres:
  - Original y copia de la partida de nacimiento del menor.
Si el menor viaja solo:
 - Permiso notariado o emitido por el Consejo de Protección del Niño y Adolescente firmado por los padres.
 - Original y copia de la partida de nacimiento.
Si el menor viaja con terceros:
 - Permiso notariado o emitido por el Consejo de Protección del Niño y Adolescente firmado por los padres.
 - Original y copia de la partida de nacimiento.
- Copia de la Cédula de Identidad de los padres.

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José Gregorio Hernández