La Contraloría General de la República
mediante oficio N.° 01-00-000926 de fecha 30 de junio de 2017 notificó a la
ciudadana Luisa Ortega Díaz, en su condición de fiscal general de la República,
a los fines de practicar una actuación de control fiscal orientada a evaluar
los procedimientos administrativos, presupuestarios y financieros ejecutados
durante los ejercicios económico financieros comprendidos del 1° de enero de
2008 al 30 de junio de 2017, por la Fiscalía General de la República, así como
por las distintas áreas y dependencias que la conforman.
Resulta necesario hacer del
conocimiento público que la actuación fiscal antes referida no pudo ser
instalada, en virtud de que no se permitió la entrada de las funcionarias y
funcionarios designados por la Contraloría General de la República a tal
efecto, resultando así infructuoso el cumplimiento de la misión encomendada por
el Máximo Órgano de Control Fiscal, y como consecuencia de ello que se
materializara un entrabamiento, figura definida y objeto del inicio de un
procedimiento administrativo que permitirá conocer las causas que motivaron
tales acciones por parte del órgano a ser auditado.
Es oportuno aclarar que lo relacionado
con el “cumplimiento de manera oportuna a las exigencias del Máximo Órgano de
Control Fiscal en cuanto a los resultados de los exámenes de la cuenta, y su
calificación en condición de fenecimiento, significando este término que de los
resultados del examen práctico a las cuentas respectivas, no surgieron
observaciones que pudieran dar a la formulación de reparos, todo lo cual fue
notificado a dicho órgano contralor, en la oportunidad correspondiente”, tal
como lo señaló Luisa Ortega Díaz, en su condición de fiscal general de la
República, mediante comunicado de prensa, no guarda relación alguna con la
instalación de la actuación de control fiscal referida en el oficio N.°
01-00-000926, emanado del Despacho del contralor general, debido a que se trata
de dos actuaciones total y absolutamente distintas.
Asimismo, es apropiado y prudente
informar que en virtud del procedimiento administrativo que en los próximos
días iniciará la Contraloría General de la República, vale decir con respeto al
debido proceso y derecho a la defensa, se podrían obtener resultas que sean
objeto de las sanciones previstas en la Ley Orgánica de la Contraloría General
de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (LOCGRSNCF) y su
reglamento.
En la oportunidad correspondiente será
de conocimiento público el inicio del mencionado procedimiento administrativo
por entrabamiento, los resultados que este arroje y las sanciones a las que
haya lugar.
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